El espíritu de las leyes (106 page)

Read El espíritu de las leyes Online

Authors: Montesquieu

Tags: #Clásico, #Filosofía, #Política

BOOK: El espíritu de las leyes
11.45Mb size Format: txt, pdf, ePub

[167]
Defontaines, Consejo, cap. XXII, arts. 3 y 8; San Luis, Establecimientos, lib. I, cap. XC; Beaumanoir, cap. XXXIII.
<<

[168]
Capítulo XXII, art. 8.
<<

[169]
Hay ahora tanta afición a apelar
, dice Boutillier, Suma rural, lib. I, tít. III, pág. 16.
<<

[170]
En 1324.
<<

[171]
Esta constitución y aquella fórmula pueden verse en el segundo volumen de Los Historiadores de Italia.
<<

[172]
Muratori, Colección, pág. 104, relativa a la ley LXXXVIII de Carlomagno, lib. I, tit. XXVI, párr. 78.
<<

[173]
Libro I, cap. I; lib. II, caps. IX y XIII.
<<

[174]
Capítulos I y LXI.
<<

[175]
Véanse estas leyes en las Vidas de los Santos, mes de Junio, tomo III, pág. 26.
<<

[176]
Qui continue nostram sacram curiam sequi teneatur, instituatur qui facta et causas in ipsa curia promoveat atque prosequatur
.
<<

[177]
Prefacio de los Establecimientos.
<<

[178]
Véase el capitulo XXIX.
<<

[179]
Capítulo LXI, pág. 309.
<<

[180]
En el prologo dice:
nus lui en prit oncques, mais cette chose dont j'ay
.
<<

[181]
Entre el título y el prólogo hay contradicción y vaguedad. Primero se dice que la obra contiene los usos de París y de Orleáns; después, que los usos de todos los tribunales del reino; y por último, que los del reino, los de Anjou y los del tribunal de baronía.
<<

[182]
San Luis, Establecimientos, lib. II, cap. XV.
<<

[183]
Véase Tillet (sobre el tribunal de los pares). - Véase Roche-Flavin, lib. I, cap. III.
<<

[184]
Los demás pleitos los decidían los tribunales ordinarios.
<<

[185]
Véase la excelente obra del presidente Henault, por los años de 1313.
<<

[186]
Beaumanoir, cap. XI, pág. 58.
<<

[187]
Beaumanoir, Las viudas, los cruzados, los que tenían bienes de la Iglesia.
<<

[188]
Idem, véase todo el capitulo XI.
<<

[189]
Los tribunales eclesiásticos se arrogaron esto, pretextando el juramento; asi se ve por el concordato de Felipe Augusto con los clérigos y los barones. Dicho concordato se halla en las
Ordenanzas de Lauriere
.
<<

[190]
Beaumanoir, cap. XI, pág. 60.
<<

[191]
Puede verse en Boutillier, Suma rural, tít. IX, qué personas eran las que no podían demandar en tribunal laico. Véase también sobre el particular Beaumanoir, cap. XI, pág. 56, Y los reglamentos de Felipe Augusto.
<<

[192]
Bajo el epígrafe
Ejecutores testamentarios
.
<<

[193]
El 19 de marzo de 1409.
<<

[194]
El código de Justiniano se publicó el año 530.
<<

[195]
Decretales, lib. V, tit. De priveligiis, cap.
Super specula
.
<<

[196]
Du TiIlet: véase una carta que trae, de 1312, a favor de la Universidad de Orleáns.
<<

[197]
Beaumanoir, Costumbre de Beauvoisis, cap. I.
<<

[198]
En todos los concejos, los habitantes eran juzgados por sus convecinos, los hombres de feudo se juzgaban entre si. Véase La Thaumasiere, cap. XIX.
<<

[199]
Boutillier, Suma rural, lib. I. tít. XXI.
<<

[200]
El cambio se operó con lentitud. Aun había pares que juzgaban en tiempo de Boutillier, que vivía en 1402, fecha de su testamento; pero ya no conocían más que en las causas feudales. (Suma rural, lib. I, tít. I, pág. 16).
<<

[201]
Boutillier, Suma rural, lib. I, tít. XIV. - Beaumanoir, Costumbre de Beauvoisis, cap. I. - San Luis, Establecimientos, lib. I, cap. CV. y lib. II, cap. XV.
<<

[202]
Del año 1287.
<<

[203]
Ut, si ibi delinquant, super iores sui possint animadvertere in eosdem
.
<<

[204]
En los Establecimientos, lib. I, caps. LXXI y LXXII, se ve cómo se probaban la edad y el parentesco.
<<

[205]
En el Prólogo de la Costumbre de Beauvoisis.
<<

[206]
En el cap. XII de este lib. XXVIII.
<<

[207]
Véase la compilación de las Ordenanzas de Lauriere.
<<

[208]
Como se hizo al redactar los usos del Berry de Paris. Véase La Thaumassiere, cap. III.
<<

[209]
En el Espectador inglés.
<<

[1]
Libro XX, cap. I.
<<

[2]
Cecilio no había visto ni leido nunca, según dice, que se aplicara semejante ley; puede ser que ni siquiera se hubiese establecido. Algunos jurisconsultos han opinado, y es muy verosímil, que la ley de las Doce Tablas hablaba de descuartizar o dividir el precio del deudor, no al deudor mismo.
<<

[3]
De falsa legatione.
<<

[4]
Dion, lib. XLI.
<<

[5]
Aristóteles, República, lib. V, cap. III.
<<

[6]
Según Plutarco, una hoja de olivo; lo mismo dice Diodoro de Sicilia, lib. XI.
<<

[7]
Plutarco, Vida de Dionisio.
<<

[8]
Cuando la herencia estaba muy gravada, se eludia el derecho de los pontífices con ciertas ventas, de donde vino la frase sine sacris haereditas.
<<

[9]
Libro IX de Las Leyes.
<<

[10]
Al contrario, se consideraba el suicidio como un bello final de la existencia. Séneca mismo lo recomendaba.
<<

[11]
Eorum qui de se atatuebant, humabantur corpora, manebant testamenta, pretium festinandi. (Tácito).
<<

[12]
Rescripto del emperador Pío, en la ley III, párrs. 1 y 2, ff. de bonis eorum qui ante sententiam mortem sibi consciverunt.
<<

[13]
Leg 18, ff. de in jus vocando.
<<

[14]
Véase la Ley de las Doce Tablas.
<<

[15]
Rapit in jus. Horacio, lib. I, sátira IX. Por esto no debía citarse a juicio a los que eran merecedores de cierto respeto.
<<

[16]
Véase la ley 18, ff. de in juz vocando.
<<

[17]
Por la antigua jurisprudencia francesa eran oídos los testigos de ambas partes; la pena del falso testimonio era pecuniara, como puede verse en los Establecimientos de San Luis, lib, I, cap. VII.
<<

[18]
Leg. I, ff. de Receptatoribus.
<<

[19]
Véase lo que dice Favorino (sobre Aulo Gelio), lib. XX, cap. I.
<<

[20]
Compárese lo que dice Plutarco en la Vida de Licurgo, con las leyes del Digesto, en el titulo de Furtis y con las Instituciones, lib. IV, tit. I.
<<

[21]
Leyes, libro I.
<<

[22]
Inutilis actas occidatur.
<<

[23]
Instit. lib. IV, tit. III, de 1696 Aquilia. - Véase además la Ley Cornelia (de Sicariis).
<<

[24]
La ley IV, párr. ad lege Aquilia.
<<

[25]
Idem. - Véase el decreto de Tasilión, añadido a la ley de los Bávaros de Popularibus legibus, art. 4.
<<

[26]
Ut carmen necesarium. (Cicerón, de Legibus, lib. II).
<<

[27]
Es lo que hizo Irnerio.
<<

[28]
Testamento político.
<<

[29]
Aut qualibet manümissione donatum inquietare voluerit. (Apéndice al Código Teodosiano, en las Obras del P. Sirmond, tomo I, pág. 737).
<<

[30]
Aulo Gelio, lib. XX, cap. I.
<<

[31]
En el expediente de esta Ordenanza están consignados los motivos que hubo para esto.
<<

[32]
Ordenanza de Montel-les-Tours, de Carlos VII, en 1453.
<<

[33]
Se podia castigar al procurador sin alterar el orden.
<<

[34]
La Ordenanza de 1667 contiene algunas reglas sobre este particular.
<<

[35]
Libro II, tit. XXVIII.
<<

[36]
Véase el Apéndice al Código Teodosiano, tomo I, por el P. Sirmond.
<<

[37]
Leg. II, cód. de Repudiis.
<<

[38]
En sus Sentencias, lib. VI, tít. IX.
<<

[39]
De la guerra civil de Francia, pág. 96.
<<

[40]
Es del 18 de noviembre de 1702.
<<

[41]
Las Leyes; libro IX.
<<

[42]
La auténtica, Sed cum testator.
<<

[43]
Libro XII, tit. II, párr. 16.
<<

[44]
Véase J. Capitolino, in Macrino.
<<

[45]
En su Utopía.
<<

[1]
…Quantum verticis ad auras Aethereas, tantum radice ut tartara tendit. (Virgilio).
<<

[2]
De la Guerra de las Galias.
<<

[3]
De las costumbres de los Germanos.
<<

[4]
Comites.
<<

[5]
En La Guerra de las Galias, lib. VI.
<<

[6]
Véase la Vida de Dagoberto.
<<

[7]
Véase lo que dice Gregorio de Tours (lib. VI) sobre el matrimonio de la hija de Chilperico. Le envió Childeberto sus embajadores para decirle que no dotara a su hija con ciudades del reino, que no le diera sus tesoros, ni siervos, ni caballos, ni caballeros, ni yuntas de bueyes…, etc.
<<

[8]
No se sabe quién era Roricón; se cree que era pastor, porque él lo indica en el prólogo de su obra manuscrita, descubierta en la abadía de Moisac. Su historia se refiere a los reyes francos, hasta la muerte de Clovis.
<<

[9]
Véase lo dicho por Zósimo, lib. V, sobre la repartici6n de granos pedida por Alarico.
<<

[10]
Véase la Crónica de Marius (siglo V). - Véase la Ley de los Borgoñones, tít. LXXIX.
<<

[11]
Véase Procopio, Guerra de los Godos.
<<

[12]
Guerra de los Vándalos.
<<

[13]
Licet eo tempore quo populus noster mancipiorum tertiam et duas terrarum partes acepit, etc. (Tít. LIV, párr. I de la Ley de los Borgoñones).
<<

[14]
Ut non amplius a Burgundionibus qui infra venerunt requiratur, quam ad praesens necessitas fuerit, medietas terrae. (Art. II).
<<

[15]
De moribus Germanorum.
<<

[16]
Y en el de los Visigodos.
<<

[17]
Título LIV.
<<

[18]
Lo confirma todo el Código de Agricolis et censitis et colonis.
<<

[19]
Si dentem optimati Burgundioni vel Romano nobili excusserit (tít. XXVI, párr. 1). Y Si mediocribus personis ingenuis, tam Burgundionibus qua Romanis. (Idem, párr. 2).
<<

[20]
Título LVII.
<<

[21]
Nec preme, nec summum molire per aethera currum Altius egressus, celestia tecta cremabis; lnferius, terras; medio tutisimus ibis. Nec te desterior tortum declinet ad Anguem, Nec sinisterior pressam rota ducat ad Aram: lnter utrumque tene… (Ovidio, Metamorfosis, lib. II).
<<

[22]
Mientras estuvo la Galia bajo la dominación de Roma, los habitantes de las ciudades formaban cuerpos particulares de libertos o descendientes de libertos.
<<

[23]
Gregorio de Tours, lib. II, cap. XXVII; Aimoin, lib. I, cap. VII.
<<

[24]
Gregorio de Tours, lib. III.
<<

[25]
Idem, Lib. VI.
<<

[26]
Casiodoro, lib. III, epístola XLIII.
<<

[27]
Hacia el año 763: Innumerabilibus spoliis et captivis totus ille exercitus dilatus, in Franciam reversus est.
<<

[28]
Pablo diácono, de Gestis Longobardorum, lib. III, Cap. XXX y lib. IV, cap. I; Anales de Fulda, año 739; y las Vidas de los Santos citadas en la nota que sigue.
<<

Other books

Texas Angel, 2-in-1 by Judith Pella
The Healer by Antti Tuomainen
Starting Over by Sue Moorcroft
Halt by Viola Grace
Nobody's Lady by Amy McNulty
The Pineville Heist by Lee Chambers
The Hearts of Dragons by Josh Vanbrakle